Justicia y Transparencia
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Base de datos actualizada al 18/06/2013(524 Sentencias)

Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública

Toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido.  Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.

El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del Juez, del Fiscal de la Nación, o de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado.

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31/10/2012
02627-2011-PHD/TC
La demandante solicita a la Asociación Civil Microcapital a) El listado de las personas que logró afiliar como clientes; b) El informe sobre los estados de cuenta de dichos clientes; c) Información detallada sobre cuánto dinero se le entregó para hacer llegar a los clientes; d) Copia de los vouchers de depósito que realizó diariamente al banco ; y, e) Copia de los informes mensuales sobre el trabajo que realizó, desde el 1 de noviembre de 2008 al 31 de diciembre de 2009. El Tribunal Constitucional declara fundada en parte la demanda, en el extremo que solicita copia de los vouchers de depósito y copia de los informes mensuales sobre su trabajo, al considerar que cualquier persona en ejercicio de su autodeterminación informativa puede solicitar ante cualquier entidad, sea pública o privada, la información creada en torno a la actividad que realiza o realizó.
Etiquetas
Corte de origen
Corte de Loreto
Demandante
Adriana Magali Aguilar Tang
Demandado
Asociación Civil Microcapital
Sentido de la sentencia
Fundado o Fundado en Parte
Improcedente
Normas aplicadas
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >  Artículo 62.- Requisito especial de la demanda
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 6.- Derecho a la Autodeterminación Informativa
06/09/2011
02509-2011-PHD/TC
El demandante solicita a Telefónica del Perú S.A.A. copias certificadas de los cuadros analíticos y de asignación de personal, número y relación de plazas vacantes, tipo de contrataciones, entre otros. En primera instancia se declaró improcedente la demanda por considerar que la información solicitada no guarda relación con el servicio público que presta la empresa demandada. En segunda instancia se confirmó la apelada por el mismo fundamento. El Tribunal declara improcedente la demanda debido a que, si bien el servicio de telefonía que presta la empresa emplazada se configura como un servicio público, la información solicitada por la recurrente no se encuentra referida a los supuestos de: a) las características de los servicios públicos que prestan; b) sus tarifas; y c) sobre las funciones administrativas que ejercen (bajo concesión, delegación o autorización del Estado), por lo tanto se trata de información que corresponde a la organización interna de la empresa.
Etiquetas
Corte de origen
Corte de Lima
Demandante
Isabel Virginia Osorio Bravo
Demandado
Telefónica del Perú S.A.A.
Sentido de la sentencia
Improcedente
Normas aplicadas
T.U.O. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (D.S. 043-2003-PCM) > TITULO III: ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO >  Artículo 9.- Personas jurídicas sujetas al régimen privado que prestan servicios públicos
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES DE LOS PROCESOS DE HÁBEAS CORPUS, AMPARO, HABEAS DATA Y CUMPLIMIENTO >  Artículo 5.- Causales de improcedencia (Inc. 1)
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú
15/09/2011
01877-2011-PHD/TC
El demandante solicita al asistente de Relatoría de la Sala de Derecho Constitucional de la Provincia de Chiclayo que: a) le informe los nombres y apellidos de la persona que le entregó la resolución N.º 3 la cual deriva del Expediente N.º 165-2007 SC; b) le informe la fecha exacta cuando le entregaron esa resolución; c) le informe a quién le entregó la indicada resolución; y, d) le informe la fecha exacta de entrega, señalando nombres y apellidos. En primera instancia se declaró fundada la demanda por considerar que el emplazado es el único que puede proporcionar los datos informativos que son de su único conocimiento. En segunda instancia se revoca la apelada y se declaró infundada la demanda por considerar que la información ya ha sido proporcionada en su oportunidad. A juicio del Tribunal Constitucional el requerimiento del demandante supone, necesariamente, la elaboración o producción y seguimiento del trámite que se dispensó al Expediente N.º 165-2007 SC lo que pone de manifiesto que la información solicitada no preexiste al pedido del recurrente; por tanto declara improcedente la demanda.
Corte de origen
Corte de Lambayeque
Demandante
Ernesto Mendoza Padilla
Demandado
Asistente de Relatoría de la Sala de Derecho Constitucional de la Provincia de Chiclayo, Lambayeque, don César Augusto Mori Chamamé
Sentido de la sentencia
Improcedente
Normas aplicadas
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES DE LOS PROCESOS DE HÁBEAS CORPUS, AMPARO, HABEAS DATA Y CUMPLIMIENTO >  Artículo 5.- Causales de improcedencia (Inc. 1)
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú
27/06/2011
01641-2011-PHD/TC
Se solicita a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A. (HIDRANDINA) información detallada sobre gastos de personal y otros. En primera y segunda instancia se declaró infundada la demanda, por considerar que la emplazada sólo está obligada a entregar información relacionada con los servicios que presta, sus tarifas y funciones administrativas. El Tribunal declara improcedente la demanda en tanto la información solicitada por el recurrente se trata de información que corresponde a la organización interna de la empresa y no posee naturaleza pública.
Etiquetas
Corte de origen
Corte de La Libertad
Demandante
Carlos Enrique Alva Jara
Demandado
Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A. (HIDRANDINA)
Sentido de la sentencia
Improcedente
Normas aplicadas
T.U.O. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (D.S. 043-2003-PCM) > TITULO III: ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO >  Artículo 9.- Personas jurídicas sujetas al régimen privado que prestan servicios públicos
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES DE LOS PROCESOS DE HÁBEAS CORPUS, AMPARO, HABEAS DATA Y CUMPLIMIENTO >  Artículo 5.- Causales de improcedencia (Inc. 1)
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú
26/08/2011
01410-2011-PHD/TC
El demandante solicita a la Municipalidad Distrital de Punchana les entregue copias fedateadas y/o certificadas del expediente administrativo en el que se concedió título de propiedad del bien ubicado en la calle La Marina, del pueblo joven Bellavista Nanay, a favor de Berita C. Flores Marín en el año 1995. En primera instancia se declaró improcedente la demanda por considerar que se encuentra acreditado que no ha sido posible ubicar la documentación solicitada por cuanto esta no se encuentra en poder de la Municipalidad. En segunda instancia se confirmó la apelada por similares fundamentos. El Tribunal declaró fundada la demanda ya que la emplazada no puede apelar a la “no existencia” de dicha información para eludir su obligación de entregarla a los actores, pues es necesario agotar las diligencias necesarias y en ultimo caso de quedar comprobado el extravío de la misma, disponer la reconstrucción del expediente administrativo correspondiente, para luego de ello cumplir con su entrega en copias a los interesados.

Etiquetas
Corte de origen
Corte de Loreto
Demandante
Edinson Pérez Rengifo y otros
Demandado
Municipalidad Distrital de Punchana
Sentido de la sentencia
Fundado o Fundado en Parte
Normas aplicadas
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >  Artículo 61.- Derechos protegidos (Inc. 1)
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >  Artículo 62.- Requisito especial de la demanda
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 6.- Derecho a la Autodeterminación Informativa
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES >  Artículo 3.- Principio de publicidad
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >  Artículo 13.- Denegatoria de acceso
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >  Artículo 15.- Excepciones al ejercicio del derecho
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >  Artículo 15-A.- Excepciones al ejercicio del derecho: Información reservada
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >  Artículo 15-B.- Excepciones al ejercicio del derecho: Información confidencial
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >  Artículo 15-C.- Regulación de las excepciones

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21/07/2009
2008-0206
Se solicita a la Administración de la Corte Superior de Justicia de Cañete el certificado médico y el certificado de incapacidad laboral utilizado por un Magistrado para solicitar licencia temporal.

En primera instancia el juez rechaza l...

Corte de origen
Corte de Cañete
Instancia
Sala Civil
Demandante
Julia Estela Benavides
Demandado
Administracion de la Corte Superio de Justia de Cañete
Sentido de la sentencia
Fundado o Fundado en Parte
Normas aplicadas
Constitución Política del Perú. > TITULO V: DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES >  Artículo 200 Inc. 3.- Acción de Hábeas Data
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >  Artículo 62.- Requisito especial de la demanda
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >  Artículo 61.- Derechos protegidos (Inc. 1)
29/01/2008
2007-095-10-0808-JX-01
En el presente caso, la demandada apela la sentencia de primera instancia que declara fundada la demanda, en el extremo que declara inaplicable para el caso el monto por costo de reproducción establecido en el TUPA de la entidad. La sala confirma la ...

El cobro excesivo o desproporcionado por la reproducción de la información solicitada, puede constituirse como un límite al libre y pleno ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Las entidades públicas deben incluir en su TUPA un valor que refleje únicamente el costo de obtención de las copias de la información y que tenga como referente los precios de mercado.

Corte de origen
Corte de Cusco
Instancia
Sala Mixta Descentralizada e Intinerante de Canchis
Demandante
Wilber Huaylla Quispe y otro
Demandado
Municipalidad Provincial de Espinar
Sentido de la sentencia
Fundado o Fundado en Parte
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú
Normas aplicadas
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES DE LOS PROCESOS DE HÁBEAS CORPUS, AMPARO, HABEAS DATA Y CUMPLIMIENTO >  Artículo 2.- Procedencia
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO PRELIMINAR  >  Artículo I.- Alcances
T.U.O. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (D.S. 043-2003-PCM) > TITULO III: ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO >  Artículo 10.- Información de acceso público
Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) > PARTE I: DEBERES DE LOS ESTADOS Y DERECHOS PROTEGIDOS > CAPITULO II: DERECHOS CIVILES Y POLITICOS >  Artículo 13.- Libertad de Pensamiento y de Expresión
21/12/2006
2006-055
La Asociación Frente de Defensa de los derechos e intereses del distrito de Camilaca interpone acción de hábeas data contra el Alcalde de la  Municipalidad de Camilaca a fin de que se le otorgue determinados documentos administrativos y pre...

Las personas jurídicas, no obstante su configuración y estructura formal, también son titulares de derechos fundamentales y, por lo tanto, pueden invocar el derecho de acceso a la información pública para solicitar la información que obre en poder del Estado o cualquiera de sus organismos.

Corte de origen
Corte de Tacna
Instancia
Demandante
Asociación Frente de Defensa de los derechos e intereses del distrito de Camilaca
Demandado
Municipalidad de Camilaca
Sentido de la sentencia
Fundado o Fundado en Parte
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú
Normas aplicadas
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >  Artículo 62.- Requisito especial de la demanda
02/12/2008
2008-00289-0-1201-JM-CI-2
Se solicita a la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A. copia de los contratos de servicios y otros suscritos con la empresa Mil y Más Oficios S.R.L.. El demandado contesta en sede administrativa y judicial qu...

Las entidades privadas que brindan servicios públicos, de conformidad con el artículo 9º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, están obligadas a informar sobre las carácteristicas de los servicios públicos que presta, sus tarifas y sobre las funciones administrativas que ejerce. Puntualizando que por funciones administrativas debe entenderse la totalidad de actos realizados por la empresa en cuanto a su manejo administrativo, particularmente cuando la información se refiere a actos de la administración y disposición de bienes de la empresa, ya que en tal caso existe un evidente interés público en el control de la información.

Corte de origen
Corte de Huánuco
Instancia
Sala Civil
Demandante
Silvio Ale Miranda Arias
Demandado
Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A. (SEDA Huánuco)
Sentido de la sentencia
Fundado o Fundado en Parte
Improcedente
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú
Normas aplicadas
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 6.- Derecho a la Autodeterminación Informativa
Constitución Política del Perú. > TITULO V: DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES >  Artículo 200 Inc. 3.- Acción de Hábeas Data
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO III: PROCESO DE AMPARO > CAPÍTULO II: Procedimiento >  Artículo 58.- Trámite de la apelación
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >  Artículo 62.- Requisito especial de la demanda
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >  Artículo 9.- Personas jurídicas sujetas al régimen privado que prestan servicios públicos
13/02/2008
2007-00375-0-1201-SP-CI-1
Se solicita a la Municipalidad Provincial de Ambo información relacionada a la adquisición de productos para el programa vaso de leche. El demandado contesta la demanda aduciendo que se le comunicó en sede administrativa al demandante que la informac...

El cobro excesivo o desproporcionado por la reproducción de la información solicitada, puede constituirse como un límite al libre y pleno ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Las entidades públicas deben incluir en su TUPA un valor que refleje únicamente el costo de obtención de las copias de la información y que tenga como referente los precios de mercado.

Corte de origen
Corte de Huánuco
Instancia
Sala Civil
Demandante
Felipe Daga Falcón
Demandado
Municipalidad Provincial de Ambo
Sentido de la sentencia
Fundado o Fundado en Parte
Sentencias Relacionadas del Tribunal Constitucional del Perú
Normas aplicadas
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 5.- Derecho al Acceso a la Información Pública
Constitución Política del Perú. > TITULO I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD > CAPITULO I: DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA >  Artículo 2 Inc. 6.- Derecho a la Autodeterminación Informativa
Constitución Política del Perú. > TITULO V: DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES >  Artículo 200 Inc. 3.- Acción de Hábeas Data
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO III: PROCESO DE AMPARO > CAPÍTULO II: Procedimiento >  Artículo 58.- Trámite de la apelación
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TITULO IV: PROCESOS DE HABEAS DATA >  Artículo 61.- Derechos protegidos (Inc. 2)
Código Procesal Constitucional (Ley 28237). > TÍTULO PRELIMINAR  >  Artículo IX.- Aplicación Supletoria e Integración
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO III: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO >  Artículo 11.- Procedimiento
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) > TÍTULO IV: TRANSPARENCIA SOBRE EL MANEJO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS >  Artículo 20.- Objeto

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